Los representantes de ANPACT y AMIA, informan que las empresas fabricantes de vehículos pesados consideran cumplir con las nuevas exigencias en la reglamentación del arranque del tratado (#T-MEC) que entrará en vigor el próximo 1 de julio, mientras que, en su mayoría, las armadoras de autos ligeros se acogerán al régimen alternativo de transición, a través de un periodo de tiempo limitado.

REGLA DE ORIGEN DEL TRATADO
Indica que los productos del sector automotor comercializados en alguno de los tres países involucrados en el Tratado (México, Canadá y Estados Unidos), deberán cumplir con un porcentaje de 66% de VCR (Valor de Contenido Regional) durante el primer año, desde el 62.5% que exigía el Tratado de Libre Comercio (TLCAN).
INCREMENTO GRADUAL
AÑO 2021 - 69%
AÑO 2022 - 72%
AÑO 2023 - 75%
**De igual forma, la adquisición del acero y aluminio con el que se produce el vehículo deberá garantizar que el 70% provenga de la región.
**Se estableció que un 40% del contenido de un auto deberá ser construido por empleados que ganen 16 dólares por hora (para el año 2023).
La Secretaría de Economía (SE) publicó la semana pasada un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) donde da a conocer los detalles de este Régimen de Transición Alternativo (RAT), establecido en el Apéndice al Anexo 4-B del capítulo 4 del T-MEC.
RÉGIMEN DE TRANSICIÓN ALTERNATIVO
“[…] proporcionar tiempo adicional y un periodo de transición diferente para cumplir con las reglas de origen para vehículos de pasajeros y camiones ligeros que prevé el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá. Sin embargo, no reemplaza cualquier otra regla de origen, ni disposiciones de aplicación general para dichas mercancías, para efectos de solicitar el trato arancelario preferencial conforme al Tratado antes referido. En particular, bajo un régimen de transición alternativo previsto en el Artículo 8, Transiciones del Apéndice sobre Disposiciones Relacionadas con las Reglas de Origen Específicas por Producto para Mercancías Automotrices al Anexo 4-B relativo a las Reglas de Origen Específicas por Producto, del Capítulo 4, correspondiente a las Reglas de Origen T-MEC.
Los importadores de ciertos vehículos de pasajeros o camiones ligeros tendrán dos años adicionales, es decir, cinco años en lugar de tres, para cumplir los requisitos, y los vehículos tendrán diferentes porcentajes de Valor de Contenido Regional y Valor de Contenido Laboral.”
Miguel Elizalde, presidente de la Asociación Nacional de Productores de Autobuses, Camiones y Tractocamiones (ANPACT), explicó que (por el momento) ninguna empresa le ha notificado su interés por adherirse al régimen alternativo de transición, que permite la reglamentación uniforme del T-MEC.
Para el caso de la industria de unidades pesadas, la regla de origen se modifica en cuatro años, así que se mantendrá el contenido regional en 60% hasta mediados del 2024. El resto de los parámetros como el valor de contenido laboral y el de contenido de acero y aluminio de la región (mencionados anteriormente), sí deberán cumplirse.
Fausto Cuevas, presidente de la AMIA, sostuvo que “muy probablemente empresas fabricantes de ligeros tengan que acogerse al régimen de transición alternativo”, porque el 1 de julio se modifica la regla de origen. Abundó que es “complicado” que, en menos de un mes las empresas puedan cumplir con cuatro nuevos requisitos que modifican la metodología para medir el contenido regional.
En este sentido, se permite un periodo de cinco años para que las empresas puedan cubrir los compromisos de alcanzar, pero con la limitante de que será hasta por 10% de su producción total de vehículos con el plan detallado de que alcanzarán a cubrir la regla de origen.
Fuente: mexicoxport.com
By: Linda Mixcoatl
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